Especialidad Legal
¿Qué es la Economía de Opción?
12 feb 2025
La economía de opción, también conocida como planeación fiscal, es un concepto que se remonta a los años 50 del siglo pasado. Este término fue popularizado por el autor Pont Clemente para diferenciarlo del fraude a la ley en materia tributaria, destacando sus particularidades en comparación con otros conceptos que buscan un ahorro de impuestos, pero que difieren entre sí.
Fundamentos de la economía de opción
El fundamento de la economía de opción radica en la autonomía de la voluntad del contribuyente, específicamente en su libertad de actuación jurídica. Esta permite elegir la forma jurídica bajo la cual se realizará un negocio sin que ello implique ocultar la verdadera intención del mismo. En otras palabras, se busca el mismo fin utilizando diferentes instrumentos jurídicos de manera legítima.
Autonomía de la voluntad y seguridad jurídica
La economía de opción, como expresión tributaria de la autonomía de la voluntad, comprende el derecho del contribuyente a sostener un criterio razonado y razonable, distinto al de la autoridad fiscal. Esto es posible gracias a las libertades de pensamiento e interpretación que nacen de la dignidad humana. La compleja redacción de las leyes y las dificultades para conocer el derecho vigente a menudo generan inseguridad jurídica en materia tributaria, lo que puede llevar a discrepancias interpretativas entre la hacienda pública y el contribuyente.
Características principales según Pont Clemente
Una de las características principales de la economía de opción, según Pont Clemente, es que los negocios jurídicos pueden tener consecuencias fiscales en otros tributos, aunque no en el tributo principal. Esta situación es un indicio claro de la existencia de la economía de opción.
Posturas tradicionales y modernas sobre la economía de opción
La postura tradicional respecto a la economía de opción sostiene que para cada negocio jurídico existe una única vía fiscalmente aceptable. Sin embargo, esta visión no responde a las necesidades económicas y prácticas de los empresarios, quienes operan en un mundo globalizado y deben adaptarse a parámetros de competitividad. La movilidad y las decisiones empresariales tienen diversas repercusiones fiscales, lo que a menudo choca con la lenta adaptación de la autoridad administrativa.
Concordancia entre lo formal y la realidad
La falta de comprensión de las leyes tributarias puede llevar a la convicción ética de que es imperativo pagar el máximo de impuestos. La economía de opción busca la concordancia entre lo formal y la realidad, sin incurrir en simulación ni contradecir la letra de la ley. Su objetivo es procurar un ahorro tributario sin atentar contra el espíritu de la ley.
Diferencias entre economía de opción y fraude a la ley fiscal
Es importante diferenciar la economía de opción del fraude a la ley fiscal. Las características del fraude a la ley fiscal incluyen: a) Elección de formas jurídicas insólitas e impropias para el fin perseguido y b) Obtención de ventajas económicas, como la ausencia o disminución de tributación.
La economía de opción como doctrina
Ahora bien, la economía de opción es la doctrina por la cual los contribuyentes pueden acceder al cumplimiento de las obligaciones fiscales que tiene a su cargo, toda vez que, como su nombre lo indica, te da la oportunidad de elegir la forma de poder adaptar el acto sujeto al pago de impuesto con los vehículos jurídicos que mayor beneficio otorgue al contribuyente.
Planeación fiscal y elusión fiscal
Planeación fiscal
Por lo que ve a la planeación fiscal, esta se desarrolla antes de realizar los actos sujetos al pago de impuestos, en donde el abogado fiscalista realiza un amplio estudio sobre los vehículos jurídicos que sean idóneos para optimizar la carga tributaria y reducir el pago de impuestos sin incurrir en prácticas ilícitas.
Elusión fiscal
Por otro lado, la elusión fiscal es el uso de mecanismos legales para reducir o evitar el pago de impuestos. A diferencia de la evasión fiscal, que es ilegal, la elusión fiscal se caracteriza por aprovechar vacíos o defectos en las leyes tributarias sin contradecirlas directamente.
Diferencias clave entre conceptos relacionados
La diferencia entre la economía de opción, planeación fiscal, elusión fiscal y fraude a la ley, evasión fiscal, así como la defraudación fiscal, son las siguientes:
1. Economía de opción
Se refiere a la capacidad de elegir entre diferentes alternativas legales para estructurar operaciones financieras y comerciales, de manera que se optimice la carga fiscal.
2. Planeación fiscal
Es el proceso de diseñar estrategias legales para minimizar la carga tributaria de una empresa o individuo.
3. Elusión fiscal
Consiste en utilizar mecanismos legales para reducir o evitar el pago de impuestos, aprovechando vacíos o defectos en la legislación fiscal.
4. Fraude a la ley
Se refiere a la realización de actos que, aunque formalmente legales, tienen como objetivo eludir el cumplimiento de una norma imperativa.
5. Evasión fiscal
Es la práctica ilegal de no pagar los impuestos debidos mediante la ocultación de ingresos, la declaración de gastos falsos o cualquier otra forma de engaño. Es un delito y puede conllevar sanciones severas.
6. Defraudación fiscal
Es un tipo específico de evasión fiscal que implica el uso de engaños o falsificaciones para evitar el pago de impuestos.
Aspectos clave de la economía de opción
Para finalizar, se pueden puntualizar algunos aspectos de la economía de opción:
1. Conocimiento amplio de las disposiciones tributarias
Implica un conocimiento amplio y profundo de las disposiciones tributarias que inciden en los negocios.
2. Dominio de normas impositivas
Requiere dominar normas impositivas y leyes relacionadas que se vinculan con las tributarias.
3. Estudio previo para evitar violaciones legales
Debe realizarse previo estudio para evitar opciones no aplicables o violatorias del marco legal.
Aplicación de la economía de opción en Priat Advisors
Es por ello, que en Priat Advisors, aplicamos el uso de la economía de opción, mediante la planificación fiscal, maximizando los beneficios económicos de las operaciones a realizar, disminuyendo las cargas tributarias y el pago de impuestos, al amparo del marco normativo vigente.