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Deducción inmediata de inversiones: cuándo aplica y qué requisitos pide el SAT

5 jun 2026

Deducción inmediata de inversiones: cuándo aplica y qué requisitos pide el SAT

Adquirir maquinaria, equipo tecnológico o infraestructura productiva representa una de las decisiones financieras más importantes en la vida de una empresa. Sin embargo, bajo el régimen ordinario de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), ese desembolso no se recupera fiscalmente en el año en que se realiza: se distribuye en pequeñas proporciones anuales a lo largo de la vida útil del bien, muchas veces durante décadas.

 La deducción inmediata de inversiones rompe esa lógica: permite aplicar al primer año un porcentaje acelerado y significativamente mayor del Monto Original de la Inversión (MOI), reduciendo de forma anticipada la base gravable del ISR y mejorando el flujo de efectivo de la empresa en el ejercicio en que más lo necesita. Para 2025, este mecanismo adquirió una nueva dimensión con la publicación del Decreto del Plan México, que lo extendió y amplió hasta el año 2030. Entender cuándo aplica, quién puede acceder a él y qué exige el SAT para su procedencia es indispensable para aprovechar el beneficio sin exponerse a un rechazo o una revisión posterior.

¿En qué consiste exactamente la deducción inmediata de inversiones y cómo se diferencia de la depreciación ordinaria?

La depreciación fiscal ordinaria es el mecanismo previsto en los artículos 34 y 35 de la LISR para deducir gradualmente el costo de los activos fijos a través de porcentajes anuales máximos que varían según el tipo de bien. Por ejemplo, las construcciones se deprecian a una tasa del 10% anual, el mobiliario y equipo de oficina al 25%, el equipo de cómputo al 30%, y los automóviles al 25%. A esos ritmos, una inversión en maquinaria puede tardar entre 10 y 20 años en deducirse completamente.

La deducción inmediata, en cambio, permite sustituir esos porcentajes graduales por un porcentaje elevado aplicable en un solo ejercicio: el año en que se realiza la inversión. El estímulo consiste en la posibilidad de deducir de manera inmediata, en el ejercicio en que se realice la inversión, un porcentaje del monto original de la inversión en bienes nuevos de activo fijo, sustituyendo los porcentajes máximos de depreciación anual contemplados en los artículos 34, 35 y 209 de la LISR.

El resultado práctico es una reducción anticipada y sustancial de la base gravable del ISR. En algunos casos, la deducción inicial puede ser de diez veces la tasa normal; por ejemplo, en construcciones: 56% frente a 5% anual; maquinaria automotriz: 86% frente a 8% anual. Incluso en activos con depreciaciones relativamente altas en la ley, como equipo de cómputo al 30%, el Plan México permite deducir hasta un 91% en el primer año.

Es importante aclarar que los porcentajes de deducción inmediata no representan una "pérdida" del monto deducible total. El contribuyente no pierde el monto deducible, pues en términos reales puede deducir de cada activo fijo los porcentajes que representan el valor del 100% que podría deducir en el futuro, descontando en el año cero el efecto de la inflación. La diferencia es temporal: el beneficio está en el valor presente de ese ahorro fiscal anticipado.

¿Qué es el Decreto del Plan México y qué cambios introdujo en la deducción inmediata?

El 21 de enero de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto con estímulos fiscales para sectores estratégicos, el cual entró en vigor el 22 de enero de 2025. Este Decreto, enmarcado en la estrategia nacional denominada "Plan México", tiene como objetivo central incentivar nuevas inversiones productivas, fortalecer la cadena de suministro nacional y promover la sustitución de importaciones.

El estímulo consiste en optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto —22 de enero de 2025— y hasta el 30 de septiembre de 2030, deduciendo en el ejercicio en que se realice la inversión la cantidad que resulte de aplicar al Monto Original de la Inversión únicamente los porcentajes establecidos en el propio Decreto, en lugar de los señalados en los artículos 34, 35 y 209, apartados B y C de la LISR.

En cuanto a los porcentajes vigentes, la deducción inmediata aplica con porcentajes de entre 41% y 91% para inversiones realizadas en 2025 y 2026, y de entre 35% y 89% para los activos adquiridos de 2027 a 2030. Adicionalmente, los contribuyentes podrán aplicar en la declaración anual de los ejercicios fiscales de 2025 a 2030 un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores en el ejercicio correspondiente, o por gastos erogados por concepto de innovación.

El monto total de los estímulos fiscales disponibles hasta 2030 es de hasta 30,000 millones de pesos mexicanos, de los cuales 28,500 millones se destinarán a la deducción inmediata de inversiones en bienes de activo fijo y 1,500 millones a la deducción por capacitación e innovación. Asimismo, se asegura que al menos 1,000 millones de este total se destinen a los contribuyentes con ingresos de hasta 100 millones de pesos anuales.

¿Quiénes pueden aplicar la deducción inmediata de inversiones bajo el Plan México?

La elegibilidad para acceder al estímulo está delimitada con precisión en el Decreto. Son contribuyentes elegibles:

  • Personas morales que tributen conforme al régimen general del Título II de la LISR.

  • Personas físicas con actividades empresariales y profesionales, que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección I de la LISR.

Para el acceso al beneficio, el Decreto y sus lineamientos establecen una serie de condiciones previas de cumplimiento formal que el contribuyente debe acreditar ante el Comité de Evaluación creado expresamente para este fin. El Comité de Evaluación está conformado por un representante de la Secretaría de Economía, uno del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización, y uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; este comité evalúa cada uno de los proyectos de inversión ingresados por los contribuyentes y otorga una constancia de cumplimiento, que sirve para acreditar la autorización de aplicar los estímulos fiscales.

Es relevante que, al planear qué inversiones calificarán para este tratamiento, el contribuyente también revise su posición integral ante el SAT. Errores en la determinación del IVA acreditable o inconsistencias en saldos a favor pueden derivar en revisiones que cuestionen la procedencia de deducciones. Para entender si tu empresa cuenta con IVA a favor que puedes recuperar o compensar, es conveniente hacer un diagnóstico previo antes de presentar la declaración anual en la que se ejercerá la deducción inmediata.

¿Qué requisitos formales y sustantivos exige el SAT para la procedencia de la deducción inmediata?

Obtener el beneficio no es automático. El Decreto y los lineamientos publicados en el DOF el 21 de marzo de 2025 establecen un procedimiento de validación con requisitos tanto formales como sustantivos.

Requisitos de elegibilidad y cumplimiento fiscal

Para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios del Decreto, deben tener habilitado el buzón tributario y contar con opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo. Esto último implica estar al corriente en la presentación de declaraciones y en el pago de contribuciones, sin adeudos fiscales exigibles.

Para obtener la constancia de cumplimiento, el contribuyente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto y presentar, para personas morales, copia simple del poder notarial vigente que acredite la representación legal para actos de dominio o administración, y la cédula de determinación de cuotas obrero-patronales correspondiente a los tres meses previos a la solicitud, en formato impreso o digital generado por el sistema autorizado por el IMSS.

Esta condición cobra especial relevancia cuando se considera que las autoridades cruzan información entre el SAT, el IMSS y el INFONAVIT. Un contribuyente con adeudos de seguridad social puede ver comprometida su opinión de cumplimiento y, con ello, su acceso al estímulo.

Características que deben reunir los bienes

  • Bienes nuevos: Los bienes deben ser utilizados por primera vez en México. No aplica para activos usados, reconstruidos o importados en condición de segunda mano.

  • Activos fijos: Deben clasificarse como activo fijo en términos de la LISR, es decir, bienes tangibles utilizados en la actividad del contribuyente y con vida útil mayor a un año.

  • Periodo mínimo de uso: La opción no podrá ejercerse respecto de las inversiones que los contribuyentes no mantengan en uso durante un periodo mínimo de dos años inmediatos al ejercicio en que se efectúe su deducción inmediata, salvo que se trate de pérdidas de bienes por caso fortuito o fuerza mayor.

Bienes expresamente excluidos

No todos los activos fijos califican para la deducción inmediata. La opción no podrá ejercerse tratándose de mobiliario y equipo de oficina, automóviles propulsados con motores de combustión interna, equipo de blindaje de automóviles, cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente, ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.

Obligación de registro específico

Se deberá llevar un registro específico de las inversiones por las que se optó por aplicar la deducción inmediata, que contenga la documentación comprobatoria, la descripción del tipo de bien, la relación con el giro o actividad comercial de la empresa, el proceso o actividad específica en la que se utilizó el bien, el porcentaje correspondiente a la deducción, el ejercicio en que se aplicó la deducción y la fecha en que el bien se enajene.

¿Qué porcentajes de deducción inmediata aplican según el tipo de activo fijo?

Los porcentajes varían en función del tipo de bien y del ejercicio en que se realiza la inversión. La siguiente tabla sintetiza los rangos más relevantes:

Tipo de Activo Fijo

% Deducción 2025-2026

% Deducción 2027-2030

% Depreciación normal LISR

Equipo de cómputo y tecnología

91%

89%

30% anual

Maquinaria sector automotriz

86%

84%

8% anual

Maquinaria investigación tecnológica

89%

86%

Variable

Construcciones (inmuebles productivos)

56%

49%

5% anual

Maquinaria sector restaurantes

83%

80%

Variable

Transporte aéreo (aerofumigación)

Hasta 80%

Variable

Variable

Maquinaria construcción

Hasta 74%

Variable

25% anual

En el caso de que los contribuyentes se dediquen a dos o más actividades, se debe aplicar el porcentaje que corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido la mayor parte de sus ingresos en el ejercicio en el que se aplique la deducción inmediata.

¿Cómo afecta la deducción inmediata al cálculo de pagos provisionales del ISR?

Este es un punto que genera confusión frecuente y que tiene consecuencias directas en la planeación de flujo de efectivo. Quienes apliquen el estímulo deberán determinar el coeficiente de utilidad para los pagos provisionales del ISR de 2024 o 2025, adicionando a la utilidad fiscal o reduciendo la pérdida fiscal del ejercicio fiscal de 2023 o 2024, según sea el caso, con el importe de la deducción inmediata efectuada en el ejercicio.

En términos prácticos, esto significa que aunque la deducción inmediata reduce significativamente el ISR anual del ejercicio en que se aplica, el coeficiente de utilidad de los ejercicios siguientes puede resultar afectado, incrementando los pagos provisionales de ISR en años posteriores. El monto de la deducción inmediata efectuada en el mismo ejercicio se podrá disminuir de la utilidad fiscal determinada para pagos provisionales, y se deberá disminuir por partes iguales en los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal a partir del mes en que se realice la inversión de forma acumulativa.

Este impacto en los pagos provisionales debe proyectarse con anticipación. Una deducción mal planeada puede generar un ahorro fiscal importante en la declaración anual, pero una carga de pagos provisionales elevada en el ejercicio siguiente que el contribuyente no haya presupuestado. El monitoreo de indicadores fiscales clave es esencial para anticipar estos efectos y evitar sorpresas en la tesorería.

¿Qué riesgos fiscales puede generar la deducción inmediata si no se aplica correctamente?

Aplicar la deducción inmediata sin cumplir a cabalidad los requisitos del Decreto expone al contribuyente a consecuencias significativas:

Rechazo de la deducción en facultades de comprobación: Si el SAT detecta en una auditoría que los bienes no eran nuevos, no se mantuvieron en uso el tiempo mínimo requerido o que el registro específico estaba incompleto, puede rechazar la deducción y determinar un crédito fiscal por las diferencias de ISR, con actualización, recargos y multas.

Recaracterización de la inversión: En casos donde la autoridad identifique que la operación de adquisición del activo fue entre partes relacionadas o que los precios no correspondían a valores de mercado, puede reclasificar la operación y desconocer el MOI declarado como base de la deducción.

Enajenación anticipada del bien: Si el activo se enajene antes del plazo mínimo de dos años de uso, el contribuyente deberá revertir la diferencia entre lo deducido de forma inmediata y lo que le habría correspondido deducir bajo el método ordinario, con los recargos y actualizaciones correspondientes.

Impacto en devoluciones de IVA: Los contribuyentes que apliquen la deducción inmediata en adquisiciones sujetas a IVA deben asegurarse de que el IVA pagado en dichas compras esté correctamente acreditado y, en su caso, gestionado como saldo a favor. Cualquier inconsistencia en la determinación de ese saldo puede derivar en rechazo de la devolución por parte del SAT, lo que frustraría parte del beneficio económico esperado de la inversión.

Deducción inmediata y planeación fiscal: cómo maximizar el beneficio sin poner en riesgo la deducción

La deducción inmediata de inversiones no es un beneficio que se ejerza con una simple instrucción contable. Es un estímulo que requiere planeación previa, documentación robusta y coordinación entre el área fiscal, contable y operativa de la empresa. Aprovecharla correctamente implica seleccionar con criterio los activos que califican, verificar que la empresa cumple los requisitos de elegibilidad formal antes de la adquisición, asegurar que el CFDI de compra esté correctamente emitido y que el bien sea dado de alta en el registro de activos con toda la información que exige el Decreto.

La deducción inmediata puede representar un ahorro fiscal de primera importancia en el ejercicio de inversión y un impulso real al flujo de efectivo de cualquier empresa. Pero ese beneficio es frágil si no se sustenta en evidencia documental sólida, en una correcta determinación del MOI y en el cumplimiento puntual de todos los requisitos que el SAT puede revisar en el futuro. En un entorno donde la autoridad refuerza sus facultades de comprobación y donde los criterios sobre materialidad fiscal y razón de negocios son cada vez más rigurosos, la solidez del expediente de cada inversión es tan importante como el ahorro que genera.

Preguntas Frecuentes 

¿La deducción inmediata aplica también para personas físicas con actividad empresarial?

Sí. El Decreto del Plan México contempla como contribuyentes elegibles tanto a personas morales del régimen general como a personas físicas que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección I de la LISR —régimen de actividades empresariales y profesionales—. En ambos casos, la inversión debe tratarse de bienes nuevos de activo fijo utilizados en la actividad y deben cumplirse los mismos requisitos formales y sustantivos del Decreto.

¿Se puede aplicar la deducción inmediata sobre automóviles de la empresa?

No. Los automóviles propulsados con motores de combustión interna están expresamente excluidos del estímulo. Tampoco aplica para el equipo de blindaje de vehículos. Estos bienes continuarán depreciándose conforme a las tasas ordinarias del artículo 34 de la LISR, con el límite máximo de MOI deducible establecido en el artículo 36 para automóviles.

¿Qué ocurre si el bien adquirido se pierde por siniestro antes de cumplir los dos años de uso?

El Decreto contempla esta situación expresamente. Si la pérdida del bien se origina por caso fortuito o fuerza mayor —incendio, robo, desastre natural, entre otros— el contribuyente queda liberado del requisito de mantener el bien en uso por el plazo mínimo de dos años. Sin embargo, deberá acreditar fehacientemente la pérdida ante el SAT, con los documentos correspondientes: denuncia ante el Ministerio Público, reporte de aseguradora, dictamen de ajustador, entre otros.

¿La constancia de cumplimiento del Comité de Evaluación es obligatoria para aplicar el estímulo?

Sí. El Decreto del Plan México introdujo la figura del Comité de Evaluación como instancia que valida la elegibilidad de los proyectos de inversión. Los contribuyentes deben obtener esta constancia de cumplimiento antes de aplicar el estímulo en su declaración anual. Sin ella, la deducción inmediata carece del soporte formal que el SAT puede exigir en una revisión.

¿La deducción inmediata es acumulable con otros estímulos fiscales del mismo Decreto?

Sí, dentro del mismo Decreto del Plan México. El contribuyente puede aplicar simultáneamente la deducción inmediata de inversiones y la deducción adicional del 25% por incremento en gastos de capacitación o innovación, siempre que cumpla los requisitos específicos de cada componente del estímulo. Sin embargo, no puede combinarse con los porcentajes ordinarios de depreciación de la LISR para el mismo bien: es una opción que se ejerce en sustitución, no en adición, a los artículos 34 y 35 de la LISR.

¿Puede el SAT cuestionar el valor del bien utilizado como base de la deducción inmediata?

Sí. El SAT tiene facultades para cuestionar el Monto Original de la Inversión (MOI) cuando detecte que el precio de adquisición no corresponde a valores de mercado, especialmente en operaciones entre partes relacionadas o cuando el proveedor es un EFOS (Empresa que Factura Operaciones Simuladas) listado en el artículo 69-B del CFF. Un MOI inflado o soportado con comprobantes de operaciones simuladas puede resultar no solo en el rechazo de la deducción, sino en consecuencias penales para los responsables.

¿Qué pasa con el IVA de las inversiones que se deducen de forma inmediata?

El IVA pagado en la adquisición de los bienes de activo fijo es acreditable en forma separada, conforme a las reglas generales de la Ley del IVA, y no forma parte del MOI para efectos de la deducción del ISR. Si el IVA acreditable genera un saldo a favor, este puede compensarse o solicitarse en devolución con independencia del tratamiento del ISR. Mantener correctamente separados ambos conceptos es fundamental para evitar inconsistencias que el SAT pueda detectar en una revisión.

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