Impuestos
Qué son los precios de transferencia y a qué empresas les aplica en México
1 ago 2026

Qué son los precios de transferencia y a qué empresas les aplica en México
Cuando dos empresas del mismo grupo se compran, se prestan servicios o se cobran regalías entre sí, el precio que pactan no siempre refleja el que acordarían partes independientes. Ahí entran los precios de transferencia: el conjunto de reglas fiscales que obliga a documentar y valuar esas operaciones a valor de mercado. No son un tema exclusivo de las grandes multinacionales; cualquier empresa que opere con una parte relacionada, dentro o fuera de México, puede quedar sujeta a estas obligaciones y a la revisión del SAT.
¿Qué son los precios de transferencia?
Los precios de transferencia son los valores a los que se pactan las operaciones entre partes relacionadas: compraventa de bienes, prestación de servicios, uso o goce de intangibles, préstamos y cualquier otra transacción entre empresas que comparten control, administración o capital. La finalidad de su regulación es evitar que los grupos empresariales trasladen artificialmente utilidades hacia entidades o jurisdicciones con menor carga fiscal, erosionando la base gravable en México.
El marco legal principal está en los artículos 76 fracción XII, 76-A, 179 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), complementados por el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Estas reglas se alinean con las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE y con el proyecto BEPS, del que México forma parte.
¿En qué consiste el principio de plena competencia?
El corazón de la materia es el principio de plena competencia (o arm's length), previsto en el artículo 179 de la LISR: las operaciones entre partes relacionadas deben pactarse como si se hubieran realizado entre partes independientes en operaciones comparables. Si el precio pactado se aleja de ese estándar, la autoridad puede determinar ingresos acumulables o deducciones autorizadas distintas a las declaradas.
Para aplicarlo se realiza un análisis de comparabilidad, que considera las características de las operaciones, las funciones realizadas, los activos utilizados, los riesgos asumidos, los términos contractuales y las circunstancias económicas. Este análisis es también la base para sustentar una razón de negocios sólida detrás de cada operación intercompañía.
¿A qué empresas les aplican los precios de transferencia en México?
Aquí conviene distinguir dos niveles de obligación. El primero aplica a prácticamente cualquier contribuyente que celebre operaciones con partes relacionadas: todos deben pactarlas a valor de mercado y conservar la documentación que lo respalde, sin importar su tamaño. Este deber alcanza tanto a operaciones con partes relacionadas en el extranjero como a las realizadas con partes relacionadas nacionales.
El segundo nivel corresponde a las declaraciones informativas específicas del artículo 76-A, que solo obligan a los contribuyentes señalados en el artículo 32-H del CFF (entre otros, quienes en el ejercicio anterior declararon ingresos acumulables superiores al umbral que fija la ley, las entidades del sector financiero y las sociedades del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades). Muchas empresas medianas que forman parte de un grupo suelen subestimar que ya caen en este supuesto, especialmente si realizan operaciones propias de grupos multinacionales.
¿Qué operaciones entre partes relacionadas debo documentar?
Se consideran partes relacionadas cuando una participa directa o indirectamente en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo participa en ambas. Las operaciones que típicamente deben analizarse incluyen:
Compraventa de mercancías, materia prima o activo fijo dentro del grupo.
Prestación de servicios administrativos, técnicos o de asistencia (management fees).
Pago o cobro de regalías por marcas, patentes y otros intangibles.
Préstamos y financiamientos intercompañía, con sus intereses.
Garantías, arrendamientos y reestructuras corporativas.
La debilidad más común no es el precio en sí, sino la falta de soporte contractual y funcional; por eso una operación mal documentada es terreno fértil para un ajuste en una auditoría fiscal.
¿Qué declaraciones informativas exige el SAT?
El artículo 76-A de la LISR estableció, siguiendo la Acción 13 de BEPS, un esquema de tres niveles de información para los contribuyentes obligados:
Declaración | Qué contiene | Plazo |
|---|---|---|
Informativa Local | Estructura, actividades y análisis de las operaciones con partes relacionadas del contribuyente en México. | A más tardar el 15 de mayo del año siguiente. |
Informativa Maestra | Información global del grupo multinacional: estructura, política de precios de transferencia y distribución de ingresos. | A más tardar el 31 de diciembre del año siguiente. |
País por País | Distribución global de ingresos, impuestos y actividades por jurisdicción (grupos con ingresos consolidados por encima del umbral de ley). | A más tardar el 31 de diciembre del año siguiente. |
Además, quienes realizan operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero deben presentar el anexo correspondiente dentro de su declaración anual, y los contribuyentes dictaminados o con obligación de dictamen fiscal ven reflejada esta materia en su información de situación fiscal.
¿Qué métodos se usan para determinar los precios de transferencia?
El artículo 180 de la LISR reconoce seis métodos, y obliga a aplicar primero el método de precio comparable no controlado; solo si este no resulta apropiado puede recurrirse a los demás:
Método | Idea central |
|---|---|
Precio comparable no controlado (CUP) | Compara el precio pactado con el de operaciones idénticas entre independientes. |
Precio de reventa | Parte del precio de reventa a un tercero menos un margen de utilidad bruta. |
Costo adicionado | Suma al costo un margen de utilidad de mercado. |
Partición de utilidades | Reparte la utilidad global de la operación según la contribución de cada parte. |
Residual de partición de utilidades | Asigna primero una utilidad rutinaria y reparte el residual. |
Márgenes transaccionales de utilidad de operación (TNMM) | Compara indicadores de rentabilidad operativa con los de empresas comparables. |
¿Qué sanciones hay por no cumplir?
Incumplir tiene un doble costo. Por un lado, la autoridad puede rechazar deducciones o determinar ingresos presuntos si las operaciones no se pactaron a valor de mercado. Por otro, el CFF prevé multas específicas por no presentar o presentar de forma incompleta las declaraciones informativas del artículo 76-A, así como por no conservar la documentación comprobatoria. Existe, no obstante, un incentivo relevante: cuando el contribuyente cuenta con su estudio de precios de transferencia debidamente elaborado, las multas por omisiones relacionadas con estas operaciones pueden reducirse en los términos que fija la ley.
Un anexo que se prepara todo el año, no en mayo
El error más caro en precios de transferencia es tratarlos como un trámite de última hora. El estudio no se improvisa: depende de contratos firmados en tiempo, de una contabilidad que distinga las operaciones intercompañía y de decisiones de negocio que puedan justificarse funcionalmente. Cuando el análisis se arma apenas antes del vencimiento, suele revelar operaciones que ya no pueden corregirse y márgenes que difícilmente resisten una revisión. La documentación oportuna no solo evita multas: es la mejor defensa cuando el SAT decide mirar de cerca cómo se reparten las utilidades dentro de un grupo.
Preguntas Frecuentes
¿Los precios de transferencia solo aplican a operaciones con el extranjero?
No. La obligación de pactar a valor de mercado alcanza también a las operaciones entre partes relacionadas nacionales. Lo que se concentra en operaciones con residentes en el extranjero son ciertas declaraciones informativas y anexos específicos.
¿Una pyme puede estar obligada a precios de transferencia?
Sí. Si realiza operaciones con partes relacionadas, debe pactarlas a valor de mercado y conservar su documentación, independientemente de su tamaño. Las declaraciones informativas del artículo 76-A, en cambio, solo aplican a los contribuyentes del artículo 32-H del CFF.
¿Qué es un estudio de precios de transferencia?
Es el documento técnico que analiza las operaciones con partes relacionadas, selecciona el método aplicable y demuestra, mediante un análisis de comparabilidad, que se cumplió el principio de plena competencia.
¿Cuándo se presentan las declaraciones informativas?
La informativa local vence a más tardar el 15 de mayo del año siguiente al ejercicio, mientras que la maestra y la de país por país se presentan a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente.
¿Qué pasa si no tengo el estudio y el SAT me revisa?
La autoridad puede determinar ingresos o rechazar deducciones y aplicar multas. Además, sin estudio se pierde el beneficio de reducción de sanciones que la ley reconoce a quien sí cuenta con la documentación.
¿Los préstamos entre empresas del grupo también se revisan?
Sí. Los financiamientos intercompañía deben pactar intereses a valor de mercado; tasas fuera de rango o préstamos sin sustento son de los ajustes más frecuentes en la práctica.



