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Aumento y disminución de obligaciones ante el SAT: cómo actualizar tu situación fiscal

12 sep 2026

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Aumento y disminución de obligaciones ante el SAT: cómo actualizar tu situación fiscal

Tu situación fiscal no es una fotografía fija: cambia cada vez que inicias un nuevo giro, sumas un producto gravado con IVA, empiezas a retener a un tercero o dejas de realizar una actividad. Cuando eso ocurre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) espera que informes el cambio mediante el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, el trámite que en la práctica conocemos como aumento y disminución de obligaciones. Mantener este registro al día es lo que hace que tu Constancia de Situación Fiscal refleje la realidad y que puedas facturar y declarar sin tropiezos.

¿Qué es el aumento y disminución de obligaciones ante el RFC?

Es el aviso con el que comunicas al SAT que tus actividades económicas u obligaciones fiscales cambiaron respecto de lo que tienes registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El nombre oficial del trámite es aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, y su fundamento está en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), desarrollado en los artículos 29 y 30 del Reglamento del CFF y detallado en la ficha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

El trámite tiene dos caras que conviven en un mismo formulario. El aumento ocurre cuando adquieres una nueva obligación o actividad: empiezas a vender bienes gravados, te vuelves retenedor de ISR por sueldos, o incorporas un régimen adicional. La disminución sucede cuando dejas de tener una obligación: cierras una línea de negocio, dejas de arrendar un inmueble o ya no realizas la actividad que te hacía presentar cierta declaración. En ambos casos el objetivo es el mismo: que tu perfil ante el SAT coincida con lo que realmente haces.

¿Cuándo debo presentar el aviso de actualización?

La regla general es sencilla: cada vez que un hecho modifique tus obligaciones fiscales. La ficha 71/CFF y el Reglamento del CFF enumeran los supuestos más frecuentes. Entre ellos destacan los siguientes.

  • Inicias o dejas de realizar una actividad económica, siempre que conserves al menos una activa.

  • Cambias tu actividad económica preponderante o agregas un giro distinto.

  • Adquieres o dejas de tener una obligación, como el IVA, el IEPS o las retenciones de ISR.

  • Optas por una periodicidad de cumplimiento distinta o eliges no efectuar pagos provisionales o definitivos.

  • Eliges una opción de tributación diferente dentro de tu mismo régimen.

Es importante no confundir este aviso con otros trámites del RFC. Suspender actividades, reanudarlas o cancelar el RFC son avisos distintos, con sus propias fichas. El aumento y disminución de obligaciones aplica cuando sigues activo pero cambia qué declaras, no cuando dejas de operar por completo.

El plazo: dentro del mes siguiente

El Reglamento del CFF establece que el aviso debe presentarse dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra el hecho que motiva la actualización. Es decir, si en marzo comenzaste a prestar un servicio gravado con IVA que antes no realizabas, tienes hasta el último día de abril para reportar el aumento de esa obligación. Dejar pasar el plazo no impide presentar el aviso después, pero sí puede exponerte a requerimientos y sanciones por presentación extemporánea.

¿Cómo se hace el trámite en el portal del SAT paso a paso?

El aviso se realiza en línea, sin costo, desde el Portal de trámites y servicios del SAT. Las personas morales lo tramitan en la ficha correspondiente a empresas y las personas físicas en la suya, pero la lógica es la misma.

  • Ingresa al apartado de actualización en el RFC del portal del SAT y autentícate con tu Contraseña (RFC y clave) o con tu e.firma vigente.

  • Selecciona la opción de aumento y disminución de obligaciones dentro del menú de actualización de actividades económicas y obligaciones.

  • Captura los cambios: da de alta las nuevas actividades u obligaciones (aumento) o marca la fecha en que dejaste de realizar las que corresponda (disminución).

  • Confirma la información, envía el aviso y descarga el acuse que genera el sistema como comprobante.

Una vez procesado, el cambio se refleja en tu Constancia de Situación Fiscal, documento que resume tu régimen, tus actividades y tus obligaciones activas. Conviene descargar la constancia actualizada después del trámite para verificar que los movimientos quedaron correctamente asentados; ese documento es el que suelen pedir clientes, proveedores y plataformas para validar tu situación. Si tu actividad implica IVA, revisar que la obligación aparezca correctamente te evitará problemas al momento de determinar, por ejemplo, si tienes un saldo de IVA a favor que puedas acreditar o solicitar en devolución.

Elemento

Aumento y disminución de obligaciones

Cambio de régimen fiscal

Qué modifica

Actividades y obligaciones dentro de tu situación fiscal

El régimen bajo el cual tributas

Ejemplo típico

Agregar la obligación de IVA o dejar de retener ISR

Pasar de un régimen a otro (por ejemplo, actividad empresarial)

Fundamento

Art. 27 CFF; arts. 29 y 30 RCFF; ficha 71/CFF

Disposiciones del régimen elegido en la LISR y RMF

Impacto en la constancia

Cambian las obligaciones listadas

Cambia el régimen y, con él, sus obligaciones

¿En qué se diferencia del cambio de régimen fiscal?

Aunque ambos trámites se hacen en el mismo portal y a veces se mezclan en la conversación, no son lo mismo. El aumento y disminución de obligaciones ajusta qué obligaciones y actividades tienes dentro de tu situación actual, mientras que el cambio de régimen modifica el marco completo bajo el cual tributas. Cambiar de régimen casi siempre arrastra un rediseño de obligaciones, pero actualizar obligaciones no implica necesariamente cambiar de régimen.

Si lo que buscas es migrar de un esquema de tributación a otro, el procedimiento que debes seguir es el de cambio de régimen fiscal ante el SAT, con sus propios requisitos y efectos. Un caso muy frecuente es el de quienes tributaban en el antiguo Régimen de Incorporación Fiscal y necesitan reacomodarse; ahí conviene entender bien cómo hacer el cambio de RIF a actividad empresarial antes de tocar cualquier obligación, porque el orden de los pasos importa.

¿Qué pasa si no actualizo mis obligaciones a tiempo?

Un RFC desactualizado genera desalineaciones que el SAT detecta con facilidad gracias al cruce automático de información. Si emites comprobantes de una actividad que no tienes registrada, o declaras un impuesto que no aparece en tus obligaciones, la autoridad puede identificar discrepancias entre lo que facturas, lo que declaras y lo que tu perfil dice que haces.

Las consecuencias más comunes van desde requerimientos y multas por no presentar el aviso o hacerlo fuera de plazo, hasta problemas operativos concretos: no poder timbrar correctamente una factura porque el régimen o la actividad no coinciden, o ver rechazada una declaración. Mantener actualizado tu registro es una pieza básica de las obligaciones fiscales de una empresa en México y forma parte de cualquier estrategia seria de compliance fiscal, porque un dato mal registrado hoy se convierte en una contingencia mañana.

La actualización como hábito, no como emergencia

El error más costoso no suele ser equivocarse en el trámite, sino olvidarlo. Muchas empresas y profesionistas cambian de actividad, empiezan a retener o suman un impuesto y siguen operando meses sin reflejarlo en su RFC, hasta que un requerimiento o una factura rechazada los obliga a corregir a contrarreloj. Revisar tu Constancia de Situación Fiscal con cierta periodicidad y presentar el aviso apenas ocurra un cambio convierte un riesgo latente en un trámite rutinario de unos minutos.

Preguntas Frecuentes

¿El aviso de aumento y disminución de obligaciones tiene costo?

No. El trámite se realiza de forma gratuita en línea, a través del Portal de trámites y servicios del SAT, autenticándote con tu Contraseña o tu e.firma.

¿Necesito e.firma o basta con la Contraseña?

Puedes ingresar con tu Contraseña (RFC y clave) o con tu e.firma vigente. Ambas opciones permiten presentar el aviso; la e.firma resulta útil si tu Contraseña está bloqueada o vencida.

¿Cuál es el plazo para presentar el aviso?

Debe presentarse dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra el hecho que modifica tus actividades u obligaciones fiscales, conforme al Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

¿Qué diferencia hay entre aumentar obligaciones y cambiar de régimen?

Aumentar o disminuir obligaciones ajusta las actividades e impuestos dentro de tu situación fiscal actual; cambiar de régimen modifica el marco completo bajo el cual tributas. Son trámites distintos, aunque un cambio de régimen normalmente reconfigura tus obligaciones.

¿Dónde veo reflejado el cambio después de presentarlo?

En tu Constancia de Situación Fiscal, que muestra tu régimen, actividades y obligaciones activas. Se recomienda descargarla actualizada tras el trámite para confirmar que los movimientos quedaron registrados.

¿Qué pasa si emito facturas de una actividad que no tengo registrada?

Puedes enfrentar rechazos al timbrar, discrepancias entre lo facturado y lo declarado, y requerimientos o multas por parte del SAT. Por eso conviene actualizar el RFC antes de comenzar a facturar la nueva actividad.

¿Puedo aumentar y disminuir obligaciones en un mismo trámite?

Sí. El aviso permite dar de alta nuevas obligaciones o actividades y, a la vez, dar de baja las que dejaste de realizar, siempre que conserves al menos una actividad activa.

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